Ratio de Cofinanciación Propia y Privada
La cofinanciación es el porcentaje del presupuesto total de un proyecto que la entidad debe cubrir con fondos propios, donaciones privadas u otras subvenciones compatibles.
En la mayoría de líneas de financiación pública (especialmente fondos europeos y convocatorias autonómicas), la administración no financia el 100% del coste total del proyecto.
La ratio de cofinanciación (ej: 80% público / 20% privado) exige a la ONG aportar la diferencia mediante fondos propios, cuotas de socios, aportaciones de mecenazgo o valoración de voluntariado si lo permiten las bases.
FundingQuarry calcula automáticamente el cuadro de financiación requerido y valida que el borrador de presupuesto cumpla exactamente la ratio exigida.
Puntos Clave de la Normativa
- Porcentaje máximo de financiación pública establecido en las bases.
- Exigencia de fondos propios o financiación privada de respaldo.
- Comprobación estricta en la fase de justificación económica final.
Referencias y Fuentes Oficiales
- Reglamento Financiero de la Unión Europea (UE 2018/1046)
Preguntas Frecuentes
¿Se puede computar el voluntariado como cofinanciación?
Solo si las bases reguladoras lo autorizan expresamente y se acredita mediante convenio de voluntariado y registro de horas.
¿Qué diferencia hay entre cofinanciación e inversión propia?
La cofinanciación se refiere a la suma total de fondos no procedentes de la subvención solicitada.
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